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Registro de Nacimiento y Declaración de Apellido
Fotografía de un bebé, © www.colourbox.com
Información General
Si el solicitante nació con posterioridad al 1.9.1986, se deberá establecer un apellido, de conformidad con el derecho alemán, por única vez.
En caso de ya poseer un pasaporte, pero hasta la fecha no se ha efectuado la declaración de apellido o inscripción del nacimiento en el registro civil de Alemania, ésta deberá gestionarse para la renovación del mismo.
La excepción a esta regla está dada cuando ya se ha fijado previamente un apellido de conformidad con el derecho alemán – véase más adelante.
Existen dos formas de determinar el apellido familiar:
Registro del nacimiento en el respectivo Registro Civil en Alemania
Para los ciudadanos alemanes nacidos fuera de Alemania existe la posibilidad de hacer inscribir el nacimiento en el Registro Civil en Alemania a través de la Embajada Alemana. En este caso el Registro Civil recibe la solicitud de registro de nacimiento, que también incluye la declaración de apellido, y emite un acta de nacimiento alemana. Este procedimiento no es obligatorio, pero es útil para futuros trámites como índice de la nacionalidad alemana.
Menores, nacido fuera de Alemania y cuyos padre(s) ya hayan nacido fuera de Alemania después del 31.12.1999 con su residencia habitual allí sólo adquieren la nacionalidad alemana si el nacimiento se certifica posteriormente en un registro alemán dentro del primer año de vida. En estos casos, el registro del nacimiento es obligatoria; una declaración del nombre no es suficiente.
Si desea un certificado de nacimiento, por facor use el formulario „Inscripción de nacimiento“ (Véase el final de la página „Formularios“). El formulario existe solamente en alemán, pero hay una traducción de cortesía. Solo usar el formulario alemán por favor.
Presentación de una declaración de apellido
La declaración de apellido está incluida en el formulario de la inscripción de nacimiento, vea anteúltima página. Existe la posibilidad de solo tramitar una declaración de apellido. Recibirá un certificado que confirme el nombre, pero el nacimiento no se inscribirá en un registro alemán.
Si desea una declaración de apellido, por favor use el formulario „Declaración de apellido mayores“ o „Declaración de apellido menores“ (Véase el final de la página „Formularios“). Los formularios existen solamente en alemán, pero hay una traducción de cortesía.
Indicaciones sobre el proceso de solicitud
Los padres del menor deben presentar y firmar personalmente la solicitud de registro de nacimiento o declaración de apellido del menor.
Los menores a partir de los 14 años deben firmar la solicitud junto con los padres.
Los solicitantes mayores de edad deben presentar y firmar la solicitud en forma personal.
Por favor, traiga los originales de todos los certificados y documentos de identidad y presente las traducciones de los documentos en lengua extranjera. La traducción debe realizarla un traductor reconocido (véase Abogados, médicos, traductores). También puede dirigirse a cualquier otro traductor reconocido en Panamá o Alemania).
Los documentos que no hayan sido expedidos en Alemania o en un Estado parte del Convenio CIEC de Viena de 8 de septiembre de 1976 (Alemania, Austria, Bélgica, Bosnia-Herzegovina, Bulgaria, Croacia, Cabo Verde, Eslovenia, España, Estonia, Francia, Italia, Lituania, Luxemburgo, Macedonia, Moldavia, Montenegro, Países Bajos, Polonia, Portugal, Rumanía, Serbia, Suiza y Turquía) deben apostillarse.
A continuación, la embajada envía la notificación de nacimiento/declaración de nombre a la oficina del registro civil competente en Alemania; si nunca ha habido residencia en Alemania, se trata de la oficina del registro civil I de Berlín. Si uno de los progenitores o el hijo residen o han residido anteriormente en Alemania, es responsable la oficina del registro civil asignada al último lugar de registro.
Requisitos a presentar
- Formulario de solicitud
- Acta de nacimiento del solicitante con traducción al alemán y apostilla
- Pasaporte extranjero o documento de identidad del menor (si está disponible)
- Actas de nacimiento de ambos padres con traducción al alemán y apostilla
- Pasaportes de los padres o documento de identidad con indicación de la nacionalidad (si los padres tienen varias nacionalidades, presentar por cada nacionalidad)
- Certificado de nacionalización o certificado de nacionalidad de los padres (si se dispone de él)
- Si procede, certificado de matrimonio de los padres con apostilla y traducción (si los padres estaban casados en el momento del nacimiento o se casaron posteriormente)
- Si procede, prueba de reconocimiento de la paternidad (si los padres no estaban casados en el momento del nacimiento, en caso de nacimiento en Panamá el reconocimiento de la paternidad se consigna en el certificado de nacimiento, no se requiere ningún otro documento).
- Si procede, sentencia de divorcio de los progenitores con efectos legales; puede ser necesario reconocerla primero en Alemania (si los padres estaban casados y divorciados)
- Si procede, certificado de defunción de uno de los padres
- Si procede, certificado de matrimonio y sentencia de divorcio del matrimonio o matrimonios anteriores de la madre (si ya estaba casada)
Todos los documentos deben presentarse en original. Las copias para el registro civil en Alemania se hacen en la embajada y no es necesario llevarlas.
La embajada se reserva el derecho de solicitar documentos adicionales. En casos particulares, la oficina de registro competente puede solicitar documentos adicionales.
Costos
En la embajada, hay que abonar los costos de legalización de la firma (unos 80 euros) y de las copias (unos 25 euros). Estos costos deben abonarse en efectivo en balboas/USD o con tarjeta de crédito.
Excepciones
En los siguientes casos no es necesario llenar una declaración de apellido, aunque el solicitante haya nacido con posterioridad al 1.9.1986. Si lo desea, el nacimiento en el extranjero puede inscribirse en un registro alemán.
- El solicitante nació en Alemania y posee un acta de nacimiento emitida en Alemania
- El primer pasaporte fue emitido antes del 1.4.1994 (se deberá presentar comprobante)
- Los progenitores del solicitante poseen apellido conyugal de conformidad con la ley alemana
- Ya se ha realizado una declaración de nombre para un hermano mayor o menor de los mismos padres que sea menor de edad en ese momento, en la que se determinó el nombre de conformidad con la legislación alemana y no se eligió un derecho extranjero. Esto se convierte automáticamente en vinculante para todos los hijos de los mismos padres que eran menores en el momento de la declaración o que serán menores en el futuro.
- Los padres del solicitante no habían contraído matrimonio a la fecha del nacimiento del solicitante, y éste ya es mayor de edad. Por aplicación del derecho alemán, el solicitante automáticamente lleva el apellido que su madre tenía en el momento del nacimiento. La elección de otro nombre no es posible.
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El solicitante fue naturalizado alemán después de su nacimiento, es decir que posee un certificado de naturalización a su nombre. El certificado de naturalización (de color verde) no debe confundirse con el certificado de nacionalidad alemana (de color amarillo)!